Apuntes sobre La Extradición en la Republica Argentina
Autoridad Central Argentina
- Dirección de Asistencia Jurídica Internacional del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto
Base normativa del sistema de asistencia jurídica argentino
- Ley de Cooperación Internacional en Materia Penal -24.767
- Tratados Internacionales
Contenido de la LCI
- Establece las reglas de procedimiento aplicables a todas las solicitudes de extradición que recibe Argentina
- En los casos en que no exista tratado además establece las condiciones de fondo bajo las cuales se concederá la extradición
Principios fijados en la LCI
- Principio de amplia y pronta cooperación
- Principio de subsidiariedad
- Principio de reciprocidad
Principio de amplia y pronta cooperación
La Argentina prestará a todo Estado que lo requiera la más amplia ayuda en la investigación, juzgamiento y punición de delitos que correspondan a la jurisdicción de aquel
- El otorgamiento de la asistencia es una obligación para las autoridades argentinas
- La asistencia será otorgada aun cuando cayere también bajo jurisdicción argentina
- Se eliminan las formalidades de legalización de documentos cursados por la vía diplomática, se presume la veracidad de su contenido y la validez de los actos incluidos en ellos
- Las autoridades que intervengan actuarán con prontitud para no desnaturalizar la ayuda
Principio de subsidiariedad
- Si existiera tratado, sus normas regirán el trámite de la ayuda
- La LCI servirá para su interpretación y se aplicará en todo cuanto el tratado no disponga en especial
Principio de reciprocidad
- Ante la ausencia de tratado, la existencia u ofrecimiento de reciprocidad es el condicionamiento principal para conceder la extradición
- El Poder Ejecutivo, como titular de las relaciones exteriores, es quien debe valorar tal extremo
- Dentro del PE la tarea corresponde a la Autoridad Central (DAJIN – MRE) ya que es el órgano con responsabilidad primaria en materia de extradición